BOLETÍN
  1. Salarios
    Los salarios mínimos generales a partir de 01/01/2009 “A” $ 54.80, - “B” $ 53.26, C” $ 51.95.
  2. Datos de firma electrónica avanzada
    Los contribuyentes deberán tramitar los datos de su firma electrónica avanzada (FIEL), desde el momento en que solicite su inscripción a registro federal de contribuyentes.
  3. Deducción en la compra de automóviles
    Se establece un monto de deducción límite de $ 175,000.00 pesos en la compra de automóviles nuevos.
  4. Crédito fiscal contra IETU
    El crédito fiscal se podrá aplicar contra el IETU del ejercicio así como contar los pagos provisionales, en los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.
  5. Impuesto activo
    El impuesto al activo se ha derogado a partir del 1º de enero del 2008.
  6. IETU
    La tasa del impuesto empresarial a tasa única ( IETU ) será del 16.5% en 2008, 17% en 2009, y 17.5% en 2010.
  7. Donativos y donataria autorizada
    El plazo de aviso a donativos donde se manifiesta que se siguen cumpliendo con los requisitos y obligaciones para ser donataria autorizada es el 31 de enero del presente año.
  8. Acreditar contra el impuesto
    Para efectos del IETU no será deducible la nomina, pero se permitirá acreditar contra el impuesto causado un monto equivalente al 17.5% de los salarios gravados y aportaciones de seguridad.
  9. Deducción de donativos
    Se limita la deducción de donativos al 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a la deducción.